*Los nombres utilizados en esta sentencia [Benito y Juana] son ficticios y se utilizan con el único fin de hacer la lectura y comprensión de ésta más amena*
Nuestra firma, Javier Lara Abogados, obtiene una sentencia favorable para los intereses de su cliente (Benito).
El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº1 de Orgaz ha desestimado la demanda presentada por el contrario (Juana), por la que solicitaba que Benito le abonase una indemnización por utilizar una nave de forma exclusiva y excluyente.
El supuesto de hecho es: Juana y Benito son propietarios de una nave (régimen de comunidad de bienes), Benito tiene un 92% de propiedad y Juana un 8%.
Benito viene utilizando temporalmente toda la nave y no paga nada a Juana porque ésta no ha solicitado que se le de acceso a la nave para su utilización, ni ha propuesto nunca unas normas de uso compartido, ni ha hecho ninguna acción tendente para que un tercero pueda alquilar la nave y el precio que pague sea repartido entre ambos (Benito y Juana) según su porcentaje de participación.
Según la Jueza la “controversia se centra en determinar la existencia del derecho de compensación que solicitan los copropietarios de las fincas señaladas consecuencia del uso exclusivo y excluyente del copropietario demandado desde el año 2016” Es decir, si el hecho de que Benito esté explotando la nave implica que deba pagar algo a Juana.
El Juzgado ha considerado que:
- El único interés de Juana es que Benito le pague una indemnización por la utilización de toda la nave por parte de Benito.
- Juana no ha podido probar el hecho de que si Benito está utilizando la nave ella queda excluida de su explotación.
- Juana no ha realizado acción alguna para establecer unas normas de uso compartido.
- El uso exclusivo por parte de Benito beneficia a la Comunidad de Bienes que forman Benito y Juana.
Debido a estos cuatro motivos, el Juzgado no considera necesario que Benito pague nada a Juana.
La sentencia afirma que: “sin embargo, no se ha acreditado que existan normas que regulen el funcionamiento de la comunidad, ni que se haya limitado su uso como copropietarios a los actores, considerándose, por tanto, que el uso de las fincas objeto del presente pleito no se ha realizado en perjuicio de la comunidad ni de manera excluyente por el copropietario demandado, no pudiendo, por tanto, exigir un resarcimiento por ello”
La Sentencia se ha basado en la Jurisprudencia alegada por el despacho Javier Lara Abogados, entre ellas la Sentencia del Tribunal Supremo nº 244/2022 de 22 de marzo.
Juana ha sido condenada a pagar las costas (honorarios de abogado y procurador) a Benito.