Funcionarios de la Agencia Tributaria (Hacienda) entraron a una empresa a interrogar a trabajadores y directivos. Los funcionarios tenían una orden de registro, pero NO tenían la autorización pertinente para llevar a cabo el interrogatorio.
Este caso se dio en octubre de 2021, cuando unos inspectores de Hacienda entraron en el domicilio de una empresa e interrogaron a los directivos y empleados de esta. Portaban una orden judicial de registro para acceder a la empresa y registrarla, pero NO para interrogar a los trabajadores.
La sociedad denunció que se vulneró la inviolabilidad del domicilio y el derecho a la defensa, ambos derechos protegidos por la Carta Magna.
La sentencia descartó que se vulnerara la inviolabilidad del domicilio puesto que los funcionarios contaban con autorización judicial para entrar al mismo, aunque sí considera que la Agencia Tributaria quebrantó el derecho a la defensa de la compañía.
El tribunal concluyó que el interrogatorio sin preaviso y al hilo de un registro domiciliario judicialmente autorizado vulnera el artículo 24 de la Constitución y declaró nula la actuación.